Diferencias entre abuso y acoso: ¿Sabes cuál es la distinción?
Diferencias entre abuso y acoso
El debate en torno a la sentencia de La Manada y el procesamiento por abuso sexual
La reciente sentencia contra los miembros de La Manada durante los Sanfermines y el procesamiento de cuatro de ellos en Pozoblanco por abuso sexual y no por agresión sexual ha generado un intenso debate sobre las diferencias entre estos dos tipos penales. El delito de abuso sexual se refiere a acceder al cuerpo de otra persona sin su consentimiento y sin emplear violencia física. Por otro lado, la agresión sexual implica acceder al cuerpo de otra persona para llevar a cabo una actividad sexual sin su consentimiento y mediante el uso de violencia.
El delito de abuso sexual y sus características
El delito de abuso sexual no solo se aplica a casos entre adultos, sino que también puede darse en situaciones que involucran a menores de edad, personas con incapacidad o personas que se encuentran bajo los efectos de drogas o alcohol. En este sentido, el abuso sexual se configura cuando se realiza una intrusión física intencionada de naturaleza sexual, que puede incluir desde esclavitud sexual y pornografía hasta abuso infantil y agresiones sexuales.
El delito de acoso sexual y sus ámbitos de manifestación
Por otro lado, el delito de acoso sexual implica requerimientos verbales, no verbales o escritos para mantener relaciones sexuales, los cuales son rechazados por la otra persona. Este tipo de delito puede darse en diferentes ámbitos, como el laboral, el de servicios o el de docencia. El acoso sexual puede manifestarse a través de miradas insistentes, palabras ofensivas, contacto físico no deseado, compartir imágenes o mensajes sexuales inapropiados, hacer bromas o comentarios sexuales, gestos inapropiados, tocar sin consentimiento, invitar a salir repetidamente o solicitar favores sexuales, entre otros comportamientos.
Las penas para agresión sexual y abuso sexual
En cuanto a las penas establecidas para los delitos de agresión sexual y abuso sexual, estas varían dependiendo de la gravedad de la conducta. La condena por agresión sexual puede ir desde 1 hasta 5 años de prisión, y se incrementa si existe acceso carnal, llegando a una pena de 6 a 12 años de cárcel. Por su parte, la condena por abuso sexual puede oscilar entre 1 y 3 años de prisión o multa, y también se incrementa si hay acceso carnal, llegando a una pena de 4 a 10 años de cárcel.
Factores que agravan las penas en casos de agresión sexual y abuso sexual
Es importante tener en cuenta que las penas pueden agravarse en situaciones donde se presenten circunstancias adicionales. Por ejemplo, si la violencia empleada es degradante, si participan múltiples personas en el delito o si la víctima se encuentra en una situación de especial vulnerabilidad. También se agrava la pena si el agresor tiene una relación de superioridad o parentesco con la víctima, o si utiliza armas u otros medios peligrosos. En caso de que concurran varias circunstancias a la vez, se aplicarán las penas en su mitad superior.
La explotación sexual y el abuso sexual
Es importante destacar la diferencia entre la explotación sexual y el abuso sexual. La explotación sexual implica el abuso de poder o posición de vulnerabilidad para obtener favores sexuales, como en casos de tráfico de personas y prostitución. Por otro lado, el abuso sexual se refiere a la intrusión física intencionada de naturaleza sexual, que puede incluir desde esclavitud sexual y pornografía hasta abuso infantil y agresiones sexuales.
Acoso sexual y hostigamiento sexual
El acoso sexual, por su parte, hace referencia a conductas de naturaleza sexual ofensivas o humillantes que pueden interferir con las tareas de una persona. Estas conductas pueden manifestarse a través de miradas insistentes, palabras ofensivas, contacto físico no deseado, compartir imágenes o mensajes sexuales inapropiados, hacer bromas o comentarios sexuales, gestos inapropiados, tocar sin consentimiento, invitar a salir repetidamente o solicitar favores sexuales, entre otros comportamientos.
Compromiso de erradicación y apoyo a las víctimas
Es fundamental que tanto en el ámbito legal como en la sociedad en general se trabaje en la erradicación de estas conductas y se brinde apoyo a las víctimas. En el caso de las personas que trabajan en el sector humanitario, existe un compromiso por parte de ACNUR de denunciar cualquier sospecha de abuso o explotación sexual dentro o fuera de la agencia. Además, ACNUR se compromete a brindar apoyo a las víctimas y trabajar en la prevención de estas conductas.
El abuso sexual y la violación como actos de intrusión
Es importante destacar que el abuso sexual y la violación no se limitan únicamente a la penetración sin consentimiento. Estos actos también incluyen tocar los genitales de alguien sin autorización, escuchar o presenciar un acto sexual forzado, así como obligar a observar o exhibir actos sexuales sin consentimiento. Además, es fundamental tener en cuenta que el abuso sexual no distingue género ni edad, ya que puede darse tanto de un adulto hacia un niño como de un menor hacia otro menor.
Signos de abuso sexual y violación
Algunos signos que pueden indicar que una persona ha sufrido abuso sexual o violación incluyen depresión, uso de alcohol o drogas, autolesiones, pensamientos suicidas, pérdida de interés en las relaciones sexuales y problemas de comportamiento. Es fundamental que las víctimas busquen ayuda de un especialista para trabajar en los traumas generados por el abuso y recibir el apoyo necesario para su recuperación.
Los delitos sexuales en el código penal
En el código penal, los delitos sexuales están regulados en los artículos 178 y siguientes. La agresión sexual se configura cuando se atenta contra la libertad sexual de otra persona mediante el uso de violencia o intimidación, y la pena establecida va desde 1 hasta 5 años de prisión. Por otro lado, la violación es un tipo agravado de agresión sexual que implica acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, y la pena establecida va desde 6 hasta 12 años de prisión. Por su parte, el abuso sexual es cuando se realizan actos que atentan contra la libertad sexual de otra persona sin violencia o intimidación, y la pena establecida va desde 1 hasta 3 años de prisión o multa de 18 a 24 meses. En cuanto al acoso sexual, este se configura cuando se solicitan favores de naturaleza sexual en el ámbito laboral, docente o de prestación de servicios, provocando una situación intimidatoria, hostil o humillante, y la pena establecida va desde 3 hasta 5 meses de prisión o multa de 6 a 10 meses.
Además, es fundamental erradicar estas conductas y brindar apoyo a las víctimas, tanto en el ámbito legal como en la sociedad en general.
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