Diferencias entre acoso sexual y acoso por razón de género

El acoso sexual y el acoso por razón de género son dos conceptos que se utilizan frecuentemente para describir situaciones de discriminación y violencia hacia las mujeres en el entorno laboral. Aunque ambos términos están relacionados, es importante entender que cada uno tiene características particulares y consecuencias jurídicas y económicas específicas.

Acoso sexual

El acoso sexual se refiere a manifestaciones verbales o físicas que intimidan, degradan o humillan a una persona, generalmente de género femenino, con claros objetivos sexuales. Este tipo de comportamiento puede incluir comentarios ofensivos, insinuaciones sexuales, gestos inapropiados, tocamientos no deseados o incluso agresiones sexuales.

El acoso sexual crea un ambiente de trabajo hostil y puede tener consecuencias devastadoras para la víctima, como la pérdida de autoestima, estrés, ansiedad e incluso problemas de salud mental. Además, puede afectar negativamente la carrera profesional de la persona acosada, ya que puede dificultar su promoción o desarrollo laboral.

Es importante destacar que el acoso sexual no solo se da en el ámbito laboral, también puede ocurrir en otros contextos, como en instituciones educativas o espacios públicos. Sin embargo, en este artículo nos centraremos en su manifestación en el entorno laboral.

Acoso por razón de género

El acoso por razón de género se trata de situaciones desfavorables y de desventaja que se sufren por pertenecer a un determinado sexo, como cobrar menos por el mismo trabajo o ser despedida por quedar embarazada. Este tipo de acoso está basado en estereotipos de género y prejuicios que perpetúan desigualdades y discriminación hacia las mujeres en el ámbito laboral.

El acoso por razón de género abarca cualquier situación discriminatoria que genera un entorno humillante, hostil o intimidatorio para la persona. Puede manifestarse a través de comentarios despectivos, trato diferenciado, asignación de tareas inferiores o negación de oportunidades de crecimiento profesional.

Al igual que el acoso sexual, el acoso por razón de género tiene consecuencias negativas para las mujeres en el ámbito laboral. Puede limitar sus posibilidades de desarrollo profesional, generar estrés y afectar su bienestar emocional.

Relación entre el acoso sexual y el acoso por razón de género

El acoso sexual y el acoso por razón de género reflejan las relaciones de poder entre hombres y mujeres en el entorno laboral. En ambos casos, las víctimas suelen ser personas vulnerables y en inferioridad de condiciones respecto al acosador. Estas conductas vulneran el principio de igualdad entre hombres y mujeres y generan un ambiente laboral desfavorable y perjudicial para las mujeres.

Es importante estar atentos a este tipo de comportamientos y combatirlos para lograr un entorno laboral igualitario. Las leyes de igualdad y no discriminación, así como los protocolos de prevención y actuación frente al acoso sexual y por razón de género, juegan un papel fundamental en la protección de los derechos de las mujeres en el ámbito laboral.

Protocolo de Prevención y Actuación frente al acoso sexual, por razón de género y por orientación sexual de la Universidad de Alicante

La Universidad de Alicante cuenta con un Protocolo de Prevención y Actuación frente al acoso sexual, por razón de género y por orientación sexual que establece pautas claras para prevenir y abordar estas situaciones.

El acoso sexual, según este protocolo, se define como cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que atenta contra la dignidad de una persona. Incluye conductas como el acoso sexual quid, que se refiere a situaciones en las que el acoso es continuado y persistente, y el chantaje sexual, que implica acoso sexual por parte de una persona con poder de decisión sobre el empleo o estudio de la persona acosada.

El protocolo también aborda el acoso sexual ambiental, que se refiere a comportamientos de naturaleza sexual que afectan al entorno laboral o de estudio y pueden tener efectos indirectos sobre el empleo o progreso académico de la persona.

Además del acoso sexual, el protocolo contempla el acoso por razón de género y el acoso por orientación sexual. El acoso por razón de género se refiere a conductas que atentan contra la dignidad de una persona por estereotipos o prejuicios de género, mientras que el acoso por orientación sexual se refiere a conductas que atentan contra la dignidad de una persona por su orientación sexual.

El Protocolo de Prevención y Actuación de la Universidad de Alicante protege a todo el personal y estudiantes de la institución, así como a personas trabajadoras autónomas y contratadas por empresas de trabajo temporal. Establece un procedimiento claro para la denuncia de situaciones de acoso, que se presenta a la directora de la Unidad de Igualdad, por escrito, registro general, correo electrónico o verbalmente.

Es importante destacar que el plazo para presentar la denuncia es de máximo 6 meses desde que ocurrió la situación denunciada. Esto garantiza que las víctimas cuenten con un tiempo razonable para reflexionar y tomar la decisión de denunciar.

Ambos reflejan desigualdades de poder y tienen consecuencias negativas para las víctimas. Es fundamental contar con protocolos de prevención y actuación, así como leyes que protejan los derechos de las mujeres y promuevan un entorno laboral igualitario.

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Índice
  1. Acoso sexual
  2. Acoso por razón de género
  • Relación entre el acoso sexual y el acoso por razón de género
    1. Protocolo de Prevención y Actuación frente al acoso sexual, por razón de género y por orientación sexual de la Universidad de Alicante
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