Diferencias entre vivienda habitual y vivienda familiar: Todo lo que necesitas saber
Diferencias entre vivienda habitual y vivienda familiar
La vivienda habitual y la vivienda familiar son términos que a menudo se utilizan indistintamente, pero tienen diferencias significativas en cuanto a su definición y uso. En este artículo, exploraremos las características distintivas de cada tipo de vivienda y las implicaciones legales y fiscales asociadas a ellas.
La vivienda habitual
La vivienda habitual es aquella en la que una persona reside, ya sea de manera permanente o temporal. Es el lugar donde establece su residencia principal y se considera su domicilio fiscal. Esta vivienda es la base de cálculo para realizar trámites de residencia y cálculo de impuestos.
La vivienda habitual puede ser tanto de propiedad como de alquiler. No existe un concepto general y legal de vivienda habitual en el Derecho, pero para efectos fiscales se define como la residencia del contribuyente durante al menos tres años.
En caso de matrimonio, la disposición de la vivienda habitual requiere el consentimiento de ambos cónyuges. En caso de separación, nulidad o divorcio, el uso de la vivienda familiar corresponde a los hijos y al cónyuge con quien queden. En sociedad de gananciales, la vivienda habitual comprada antes del matrimonio pertenece en proporción privativa al cónyuge o cónyuges que la compraron antes del matrimonio, y en proindiviso a la sociedad de gananciales.
En situaciones de extinción voluntaria del contrato de arrendamiento o crisis en la relación de pareja, se protege al cónyuge o pareja del arrendatario para que pueda continuar en el arrendamiento. Además, el cónyuge no arrendatario puede continuar en el uso de la vivienda arrendada en caso de nulidad, separación judicial o divorcio del arrendatario. También tiene derecho a subrogarse en el contrato de arrendamiento al fallecimiento del titular.
La vivienda familiar
La vivienda familiar, por otro lado, es aquella destinada al uso exclusivo de una familia para su habitación. A diferencia de la vivienda habitual, la vivienda familiar se diferencia por los usos que se le dan y no está necesariamente vinculada al domicilio fiscal.
La vivienda familiar suele ser propiedad de la familia y puede estar ubicada tanto en zonas urbanas como en zonas rurales. Además, tiende a ser más grande que la vivienda habitual y a menudo está cerca de parques y áreas verdes. En cuanto a los muebles, la vivienda habitual suele tener muebles modernos, mientras que la vivienda familiar puede tener muebles más antiguos.
Implicaciones fiscales y legales
La vivienda habitual tiene ciertos beneficios fiscales y legales asociados. Las personas que tienen una vivienda habitual pueden aplicar deducciones y reducciones fiscales en su declaración de la renta. Sin embargo, es importante mencionar que Hacienda puede negar la aplicación de estas deducciones si considera que la vivienda no cumple con los requisitos establecidos.
En caso de venta de la vivienda habitual, también existen implicaciones en la declaración de la renta. Dependiendo de la situación, puede haber diferencias en la declaración de la renta según el tipo de vivienda.
Es importante tener en cuenta la Resolución de 16 de junio de 2020, que establece que la constitución de una hipoteca por una persona casada en régimen de separación de bienes no afecta al domicilio conyugal o familiar. El Centro Directivo distingue entre el domicilio individual y el familiar/conyugal, y el artículo 1320 del Código Civil protege el domicilio familiar y conyugal, no el individual. En este caso específico, no se requiere el consentimiento del otro cónyuge.
Mientras que la vivienda habitual se refiere al lugar de residencia principal de una persona y es la base para trámites y cálculos de impuestos, la vivienda familiar es aquella destinada al uso exclusivo de una familia para su habitación. Es importante comprender estas diferencias para cumplir con las obligaciones fiscales y legales correspondientes.
FAQ: Preguntas y respuestas esenciales
¿Qué se considera como vivienda familiar?
Se considera vivienda familiar a cualquier habitación o conjunto de habitaciones destinadas a ser habitadas por una o varias personas, ya sea dentro de un edificio o en una parte estructuralmente separada del mismo. Es importante destacar que la vivienda familiar debe estar construida, reconstruida, transformada o adaptada de manera adecuada para su ocupación.
¿Cuándo se considera que es vivienda familiar?
Se considera vivienda familiar aquella en la que se tiene fijada la residencia habitual tanto propia como la de los hijos. Es un concepto legal que se fundamenta en el derecho constitucional a una vivienda y a un techo.
¿Cuándo se considera vivienda familiar?
Se considera vivienda familiar a un bien inmueble adquirido por uno o ambos cónyuges, antes o después del matrimonio, y destinado a la habitación de la familia, de acuerdo a la Ley 258 de 1996 y la Ley 854 de 2003.
¿Cuándo se considera que es tu vivienda habitual?
Según el fragmento de texto mencionado, se considera que una vivienda es habitual cuando el contribuyente la utiliza como residencia de manera continua durante al menos tres años.
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