Diferencias entre funcionario y personal estatutario: Todo lo que necesitas saber
Diferencias entre funcionario y personal estatutario
El personal estatutario es un tipo de empleado público presente en los sistemas de salud, aunque también pueden estar presentes en otros sectores de la Administración Pública. Este tipo de empleados públicos mantienen una relación contractual a través de un estatuto propio y presentan gran estabilidad laboral, al igual que los funcionarios de carrera.
Existen dos tipos de personal estatutario: el fijo y el temporal. El personal estatutario fijo tiene un estatus similar al de los funcionarios de carrera, mientras que el personal estatutario temporal es similar al personal interino. Ambos cotizan a la Seguridad Social, a diferencia de los funcionarios que cotizan a mutuas privadas.
Sin embargo, el personal estatutario temporal también experimenta precariedad laboral. Según datos recientes, solo el 50,7% de los médicos en el Sistema Nacional de Salud tienen plaza en propiedad como funcionario estatutario, lo que significa que uno de cada tres facultativos tienen contratos temporales inferiores a seis meses. Esta situación ha llevado a que muchos médicos españoles se vean obligados a trabajar en el extranjero debido a las malas condiciones de trabajo en España.
En este contexto, es importante contar con un respaldo profesional para aquellos que deseen acceder a una plaza como funcionario estatutario o necesiten asesoramiento en oposiciones y función pública. En LÓPEZ VIVAS ABOGADOS ofrecen asesoramiento en oposiciones y función pública con una consulta gratuita.
Relación estatutaria y derecho administrativo para los funcionarios
Los funcionarios de carrera son empleados públicos que mantienen una relación estatutaria con la Administración. Esta relación se rige por el derecho administrativo y se sustenta en el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). Este marco legal establece las condiciones de acceso, derechos y deberes de los funcionarios.
Además, los funcionarios de carrera gozan de inamovilidad, lo que significa que no pueden ser despedidos ni trasladados de forma arbitraria. Para acceder a un puesto como funcionario de carrera, es necesario cumplir con requisitos específicos, como la nacionalidad, la titulación requerida y superar un proceso selectivo, generalmente una oposición.
Contrato de trabajo y derecho laboral para el personal laboral
Por otro lado, el personal laboral presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas mediante un contrato de trabajo formalizado por escrito. Este tipo de empleados públicos se rige por la legislación laboral y por el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
A diferencia de los funcionarios de carrera, el personal laboral no goza de inamovilidad y su relación laboral se rige por el derecho laboral común. El proceso de selección para acceder a un puesto de personal laboral puede variar según la Administración y se basa en un concurso de méritos.
Funcionarios de carrera y funcionarios interinos
Los funcionarios de carrera son aquellos que han superado un proceso selectivo y tienen una plaza en propiedad. Estos funcionarios gozan de estabilidad laboral y tienen la posibilidad de promocionar y desarrollar una carrera profesional regulada por el TREBEP.
Por otro lado, los funcionarios interinos son nombrados temporalmente para cubrir necesidades transitorias, como sustituciones por bajas médicas o licencias. No tienen la condición de funcionarios de carrera, pero deben cumplir con los requisitos establecidos para el acceso a la función pública.
Normativa aplicable: TREBEP para funcionarios y IV Convenio Único para personal laboral
La normativa aplicable a los funcionarios es el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), que regula las condiciones de acceso, derechos y deberes de los funcionarios de carrera. Por otro lado, el personal laboral se rige por el TREBEP y por el IV Convenio Único para el personal laboral, que establece las condiciones laborales específicas para este tipo de empleados públicos.
Funciones exclusivas de los funcionarios
Los funcionarios de carrera tienen funciones exclusivas que solo pueden ser desempeñadas por ellos. Estas funciones están relacionadas con el ejercicio de la autoridad y la toma de decisiones en el ámbito de la Administración Pública.
Acto de vinculación: nombramiento para funcionarios y contrato de trabajo para personal laboral
El acto de vinculación de los funcionarios es el nombramiento, que se realiza mediante una resolución administrativa. En cambio, el personal laboral se vincula a la Administración mediante un contrato de trabajo formalizado por escrito.
Requisitos de nacionalidad para funcionarios
Para acceder a un puesto como funcionario de carrera, es necesario cumplir con requisitos de nacionalidad establecidos en la legislación. Estos requisitos pueden variar según la Administración y el tipo de puesto al que se aspire.
Promoción y carrera profesional regulada por el TREBEP para funcionarios
Los funcionarios de carrera tienen la posibilidad de promocionar y desarrollar una carrera profesional regulada por el TREBEP. Esta normativa establece los criterios de promoción interna, así como los requisitos y procedimientos para acceder a puestos superiores.
Estabilidad laboral para funcionarios y posibilidad de contratos fijos, indefinidos o temporales para personal laboral
Los funcionarios de carrera gozan de estabilidad laboral y tienen una relación de empleo público de carácter permanente. Por otro lado, el personal laboral puede tener contratos fijos, indefinidos o temporales, dependiendo de las necesidades de la Administración.
Mantienen una relación contractual a través de un estatuto propio y presentan gran estabilidad laboral. Existen diferencias entre funcionario y personal laboral en cuanto a la relación estatutaria, la normativa aplicable, las funciones exclusivas y el acto de vinculación. Ambos desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas, pero se rigen por marcos legales distintos.
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